Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0758/2013-L
Fecha: 30-Jul-2013
II.3.
II.3. Cursa la orden del día de la ESBAPOL 116/2011 de 2 de julio, donde en cumplimiento a la Resolución 001/2011, se dispuso el retiro en forma definitiva del accionante y Edson Cortéz Pinto; las notificaciones de la misma fecha con copia de la indicada Resolución (fs. 17 a 18); memorial de interposición de Recurso Jerárquico 2 de junio de 2011; memorial de recusación contra Oscar Fernando Moreno Moreno y Gudmer Ayala Borges (fs. 29 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- Art. 64.- (Del Procedimiento de las faltas en flagrancia)
- c. Omisión de trámites o diligencias previstos en el presente Reglamento.
- III.3. El derecho al debido proceso y a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto