SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0758/2013-L
Fecha: 30-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, considera vulnerados sus derechos al debido proceso, en su elemento a la defensa, a la presunción de inocencia, valoración razonable de la prueba y a la educación; toda vez que, supuestamente él y su compañero habrían sido encontrados con hálito alcohólico y conducidos a la Unidad Operativa de Tránsito contra su voluntad, sin la presencia de su defensor, donde fueron sometidos a la prueba de “alcohol-test”, y solamente en base al informe de Gudner Ayala Borges, el Tribunal Disciplinario emitió la Resolución 001/2011 de 28 de junio, ordenando su baja definitiva, hecho que fue ejecutado de manera inmediata sin esperar que dicha resolución tenga la calidad de cosa juzgada, presumiendo su culpabilidad; asimismo, dicho fallo, fue convalidado en el recurso jerárquico interpuesto mediante Resolución 225/2011 de 12 de agosto, por ende en franca vulneración de sus derechos. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- Art. 64.- (Del Procedimiento de las faltas en flagrancia)
- c. Omisión de trámites o diligencias previstos en el presente Reglamento.
- III.3. El derecho al debido proceso y a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto