Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2013
Fecha: 16-Jul-2013
II.9.
II.9. Por Carta DESP.HAM CITE 0504/2012, notificada a los ahora demandantes el 21 de mayo de 2012, el Alcalde del Gobierno Municipal de Tarija, reiteró invitó al Directorio de la Asociación de Vendedores del Mercado Central a la exposición en detalle del Proyecto a Diseño Final de la Construcción del mercado central de la ciudad de Tarija (fs. 52).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. Derecho de petición
- III.2.1. Jurisprudencia
- III.3. Derecho a la información
- III.3.1. Jurisprudencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- i)