Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1068/2013
Fecha: 16-Jul-2013
denegar
En consecuencia, por cuanto la situación planteada no se encuentra dentro las previsiones y alcances de la acción de amparo constitucional, el Tribunal de garantías, al denegar la acción tutelar sin ingresar al fondo de la problemática planteada ha efectuado una valoración correcta de los antecedentes procesales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. De la subsidiariedad y supletoriedad de la acción de amparo constitucional
- instrumento subsidiario y supletorio
- 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- ,
- denegar
- CONFIRMAR en todo