SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2013

Fecha: 16-Jul-2013

debiendo corresponder al Juez que conozca el recurso de anulación simplemente velar por el cumplimiento y la existencia de una causal legal de anulación a efecto de la validez de la misma, y por ende disponer la anulación del laudo sin que le sea posible ingresar, analizar y sustituir la función del Tribunal Arbitral que es el que tiene la facultad de resolver en el fondo la demanda arbitral

Sobre la anulación del laudo arbitral establecida en la Ley de Arbitraje y Conciliación, como atribución de la autoridad judicial competente, la SC 0616/2011-R de 3 de mayo, expresó lo siguiente: “…existen casuales determinadas a efecto de pretender la nulidad de un Laudo Arbitral, y que deben ser alegadas en el transcurso del proceso arbitral por cuanto necesariamente corresponde realizar la protesta respecto a la causal que dará lugar a la nulidad del Laudo Arbitral, no pudiendo excusarse de esa situación, debiendo corresponder al Juez que conozca el recurso de anulación simplemente velar por el cumplimiento y la existencia de una causal legal de anulación a efecto de la validez de la misma, y por ende disponer la anulación del laudo sin que le sea posible ingresar, analizar y sustituir la función del Tribunal Arbitral que es el que tiene la facultad de resolver en el fondo la demanda arbitral, a efecto de que esa instancia como medio alternativo de soluciones de controversias a los procesos judiciales, emita un nuevo Laudo Arbitral. Similar entendimiento ha sido reiterado en la SCP 0097/2013 de 17 de enero.

Concluyéndose que el Juez de Partido en lo Civil y Comercial, cuenta con limitadas atribuciones que se encuentran plasmadas en la normativa glosada precedentemente, cuyos entendimientos han sido ampliados por la jurisprudencia constitucional que confirma dichas atribuciones, resaltando la imposibilidad de ingresar, analizar y sustituir la función del Tribunal Arbitral que es el ente encargado de conocer y resolver el fondo de la demanda por decisión voluntaria de las partes expresada a través del Laudo Arbitral.