Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1080/2013
Fecha: 16-Jul-2013
I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
El accionante alega la vulneración del derecho a la defensa, de petición, a la presunción de inocencia y al debido proceso así como también al principio de legalidad; citando al efecto los arts. 115 y 117 de la (CPE), art. 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) y art. 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- conceda
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso y el derecho a la defensa
- III.4. Sobre el derecho de petición
- III.5. Análisis del caso concreto
- “Las sanciones, suspensiones y otras determinaciones que se tomen en contra de los afiliados al Sindicato, se lo harán previo un informe circunstanciado de una comisión nombrada para el efecto”
- sindicatos,
- REVOCAR
- 1º Disponer