SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2013
Fecha: 16-Jul-2013
conceda
Solicita se conceda la tutela impetrada, disponiendo: a) Se anule y se deje sin efecto la Resolución de 25 de marzo de 2013, emitida por la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que vulneró sus derechos; y, b) Se mantengan las medidas impuestas por la Resolución de 20/2005 de 15 de noviembre, modificada respecto a la fianza económica y la detención domiciliaria, por Resoluciones de 30 de enero, 5 de abril y Auto de 24 de julio, todos de 2006, efectivizadas mediante las Resoluciones de 31 de julio y 22 de diciembre ambos del mismo año, emitidas por los Tribunales Departamentales de Justicia de La Paz y Cochabamba, modificada por la Resolución de 6 de junio de 2008, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- ,
- I
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre la activación de dos jurisdicciones en forma paralela
- al activar en forma simultánea la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional, para que ambas conozcan y resuelvan las irregularidades denunciadas, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico"
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20