SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2013
Fecha: 16-Jul-2013
I
Roberto Villarroel Barrero en representación del Banco Central de Bolivia (BCB), mediante memorial de fs. 234 y vta., señaló: El imputado en plena audiencia interpuso apelación contra la Resolución de 25 de marzo de 2013, dictada por la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, cuyos antecedentes fueron remitidos al Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; asimismo, estando radicado el proceso en el citado Tribunal de La Paz, no correspondería tener a un imputado con medidas favorables a sus intereses particulares, por lo que solicitó se “rechace” la acción de defensa impetrada. En audiencia pública el representante del BCB, señaló que el accionante presentó certificados médicos forenses de 18 de junio de 2012, de 28 de diciembre y de 27 de marzo de 2013 sobre su salud; sin embargo, no presentó certificados anteriores a esas fechas, por lo tanto los actuales no tiene asidero legal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- ,
- I
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre la activación de dos jurisdicciones en forma paralela
- al activar en forma simultánea la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional, para que ambas conozcan y resuelvan las irregularidades denunciadas, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico"
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20