SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2013

Fecha: 17-Jul-2013

II.4.

II.4.  Por memorial presentado el 20 de mayo de 2010, el accionante, ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, opone excepción de prejudicialidad, solicitando que declare probada en todas su partes, ordenando la suspensión de la acción penal hasta que se resuelva la acción civil y esté plenamente ejecutoriada. En consecuencia, mediante Auto Interlocutorio de 22 de junio de 2011, declaró improbada la excepción interpuesta (fs. 3 a 11 vta.; y 213 y vta. de anexos).