SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2013
Fecha: 17-Jul-2013
1)
Magali Mirtha Gonzales Frías, Fiscal de Materia codemandada, señaló que: 1) En el cuaderno de investigaciones existe una denuncia presentada por Edwin Tapia Martínez en 28 de diciembre de 2011 contra el accionante, habiéndose notificado a este último en su domicilio real conforme se acredita de la certificación del registro cívico, no siendo evidente que éste desconocía del proceso iniciado; además, su progenitora y hermana fueron convocadas como testigos; 2) Se solicitó ante el juez de la causa se libre mandamiento de aprehensión con habilitación de días y horas extraordinarias, emitiendo el Juez la Resolución 905/2012; 3) El accionante es reincidente, contando con antecedentes por los mismos delitos; y, 4) No se apeló de la resolución del Juez Octavo en lo Penal habiendo precluido su derecho.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad moral y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.5. El recurso de apelación incidental como medio idóneo y expedito
- III.6. Los incidentes como medios idóneos para la corrección de la actividad procesal defectuosa
- Fragmento 19
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR