SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2013
Fecha: 17-Jul-2013
denegó
El Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 14/2013 de 2 de abril, cursante de fs. 38 a 40 denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: i) El Juzgado Octavo de Instrucción en lo Penal tiene conocimiento de la imputación seguida por el Ministerio Público y Edwin Tapia Márquez, contra Raúl Antonio Gamarra Céspedes, por la presunta comisión del delito de estafa tipificada en el art. 335 del Código Penal (CP); ii) Con el fin de comparecer al accionante el Ministerio Público solicitó informes para establecer su domicilio real y efectuar la notificación, obteniendo tarjeta de identificación personal, y ante ello procedieron a la notificación en su domicilio; y, iii) El accionante no se encuentra privado de su libertad en forma ilegal, al haber realizado dichas las notificaciones, se señaló audiencia de medidas cautelares, donde se dispuso su detención domiciliaria y una fianza, luego se solicitó la sustitución de la misma fijada para el día 28 de marzo de 2013, no realizada por inasistencia de las partes y no atribuibles a la autoridad jurisdiccional, se dictó nuevo señalamiento para el día 3 de abril del referido año.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad moral y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.5. El recurso de apelación incidental como medio idóneo y expedito
- III.6. Los incidentes como medios idóneos para la corrección de la actividad procesal defectuosa
- Fragmento 19
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR