Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2013
Fecha: 17-Jul-2013
II.2.
II.2. El 7 de mayo de 2012, el efectivo policial codemandado de la FELCC, informó al Jefe de la mencionada División que se constituyó en el domicilio del accionante Raúl Antonio Gamarra Céspedes donde procedió a practicar la notificación por cédula pegando la misma en la puerta de su departamento (fs. 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad moral y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.5. El recurso de apelación incidental como medio idóneo y expedito
- III.6. Los incidentes como medios idóneos para la corrección de la actividad procesal defectuosa
- Fragmento 19
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR