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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2013-L

    Fecha: 15-Ago-2013

    II.2.

    II.2.    Auto de 28 de febrero de 2011, dictada por la Jueza Primera de  Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, que por una parte rechazó el incidente de nulidad de obrados presentado por Osvaldo Baya Clavijo, el 15 de febrero de 2011, y por otra, dispuso la prosecución de la causa señalando audiencia de conciliación para el 30 de marzo de 2011 (fs. 64 a 65 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • 1.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 13
    • III.2. El derecho al debido proceso
    • III.3.   El derecho a
    • Fragmento 16
    • III.4.   L
    • III.5.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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