SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2013-L

Fecha: 19-Ago-2013

       En aplicación de los principios de seguridad jurídica y armonía social, implantados por el art. 178 de la CPE, y considerando que las resoluciones de los jueces y/o tribunales de garantías son de cumplimiento obligatorio e inmediato, por el tiempo transcurrido entre la emisión de la resolución revocada, hasta el pronunciamiento del presente fallo, se tienen por válidos los actos realizados como efecto del cumplimiento de la resolución del Juez de garantías.