SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2013-L

Fecha: 19-Ago-2013

II.8.

II.8.    Se tiene Resolución del Concejo Municipal de Chipaya 67/2011 de 24 de septiembre, sobre la renuncia del accionante al cargo de Alcalde de dicho Municipio, señalando que: 1) No existió transparencia en la gestión del accionante; 2) El 17 del mismo mes y año, los cuatro ayllus pidieron su renuncia; 3) El 23 del referido mes y año, en Asamblea del pueblo Chipaya, los cuatro ayllus se manifestaron: “Wistrullani” “desconocimiento del alcalde” (sic); “Manazaya” la carta de renuncia del accionante; además, de indicar que “de lo contrario tomaran medidas de hecho”; Ayllu unión Barras “Ayparavi”, “mediante una resolución piden la renuncia del alcalde” (sic); y, finalmente el ayllu “Aranzaya”, exige la renuncia del accionante; 4) Habiendo presentado su renuncia el accionante a su cargo, los conflictos cesaron; 5) El diputado y asambleísta demandados, solo intervinieron como mediadores; y, 6) Dicha renuncia fue “un clamor del pueblo de Chipaya” (sic), siendo que el accionante no cumplió de manera eficiente con el trabajo en la administración del Municipio, aceptándose su renuncia de manera unánime y procediéndose a elegir de manera interina al suplente a dicho cargo (fs. 93 a 96).