SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2013-L

Fecha: 26-Ago-2013

en cuanto al debido proceso se refiere, la tutela que otorga la presente acción de defensa extraordinaria, procede únicamente en los casos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción y cuando existe estado de indefensión absoluta; con la excepción de que tratándose de medidas cautelares, no es necesario la exigencia de estado de indefensión

Los precitados razonamientos, nos permiten colegir que, en cuanto al debido proceso se refiere, la tutela que otorga la presente acción de defensa extraordinaria, procede únicamente en los casos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción y cuando existe estado de indefensión absoluta; con la excepción de que tratándose de medidas cautelares, no es necesario la exigencia de estado de indefensión conforme ha establecido la SCP 0037/212 de 26 de marzo” (las negrillas son nuestras).