SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2013-L

Fecha: 26-Ago-2013

i)

Rufino Edmundo López Pacohuanca, Juez de Instrucción Distrito 1, en suplencia legal del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, en audiencia señaló: i) El 10 de noviembre de 2011, la Fiscal de Materia, Nelly Marlene Taboada Párraga, imputó formalmente a Ricardo Chumacero Torrez, por la presunta comisión del delito de prevaricato;    ii) Imputación contra la cual, el accionante planteó incidente de actividad procesal defectuosa, el 23 de noviembre de 2011, solicitando la anulación de la misma, alegando que no se encontraba fundamentada, que vulneraba su derecho a la defensa, el debido proceso y el principio de certeza; y, iii) Corrido en traslado al Ministerio Público, así como a la denunciante, se dispuso mediante decreto de 3 de diciembre de ese año, audiencia para resolver el mismo, para el 8 del mismo mes y año a horas 17:00, siendo ese el estado del proceso.

El representante del Ministerio Público, en la audiencia de garantías, señaló: i) De acuerdo a la jurisprudencia constitucional, el Juez cautelar es el encargado del control jurisdiccional de la investigación, hasta la conclusión de la etapa preparatoria, y es ante esa autoridad, donde debe acudirse en procura de la reparación de un derecho o garantía lesionado; y, ii) Al haberse señalado audiencia, para el 8 de diciembre de 2011, se evidencia la existencia de subsidiariedad de la acción de libertad; por lo que corresponde denegar la tutela solicitada.