Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0967/2013-L
Fecha: 27-Ago-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 05/2011 de 28 de diciembre, cursante de fs. 21 vta. a 25, pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Tarija; y, en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada, en los mismos términos de la Jueza de garantías; es decir, con responsabilidad para la autoridad demandada, a cuyo efecto deberá remitirse antecedentes al régimen disciplinario que corresponda.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de la Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 13
- III.2. Sobre la oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad. En la jurisprudencia constitucional
- Fragmento 15
- …La oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad conforme a la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.4. La celeridad en las actuaciones procesales y el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR