Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0967/2013-L
Fecha: 27-Ago-2013
II.1.
II.1. Mediante oficios de 22 de diciembre de 2011, dirigidos a la autoridad demandada, presentados el 23 de diciembre de 2011, a horas 09:50 y 18:00, emitido por la Jueza de Instrucción de San Lorenzo “…que su Autoridad designe de forma inmediata custodia policial (…) a efectos de que trasladen y conduzcan al imputado CLAUDIO MIGUEL AVILA NAVAJAS a su domicilio ubicado (…) para que cumpla con la medida de DETENCIÓN DOMICILIARIA CON VIGILANCIA” (sic) (fs. 15 y 16). El 24 de ese mes y año, reiteró la orden acotando que “en caso de incumplimiento mi autoridad se verá obligada a remitir antecedentes al Ministerio Público por incumplimiento a resoluciones a órdenes judiciales…” (sic) (fs. 17).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de la Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 13
- III.2. Sobre la oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad. En la jurisprudencia constitucional
- Fragmento 15
- …La oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad conforme a la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.4. La celeridad en las actuaciones procesales y el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR