Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0967/2013-L
Fecha: 27-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La representante denunció como vulnerado el derecho a la libertad del accionante; por cuanto, siendo beneficiado con la cesación a la detención preventiva, habiendo dispuesto la Jueza de Instrucción Mixto de San Lorenzo, que la autoridad demandada, provea de un custodio para escoltarlo del penal de “Morros Blancos” hasta su domicilio donde guardaría detención domiciliaria; sin embargo, luego de tres días de haber sido notificado con esta orden y con un segundo oficio, la indicada autoridad policial ignoró tales disposiciones. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de la Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 13
- III.2. Sobre la oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad. En la jurisprudencia constitucional
- Fragmento 15
- …La oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad conforme a la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.4. La celeridad en las actuaciones procesales y el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR