SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1010/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1010/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde antes que se le imponga, la medida cautelar de detención preventiva, dentro el proceso penal “121/06”, era amenazado en la colonia Manitoba, en el proceso y en el desarrollo del juicio oral, siendo agredido incluso por una turba enviada por los mismos; por lo que tuvo que denunciar estos hechos al Tribunal de juicio, el cual llamó la atención a los acusadores, intimándoles a que cesen las amenazas, consecuentemente “AL DÍA SIGUIENTE CESARON LAS MANIFESTACIONES, AMENAZAS Y AGRESIONES” (sic), aspecto que lo llevó a la conclusión de que son los acusadores quienes le amenazaron y ordenaron que le golpeen.

Menciona que, lo preocupante es que el Tribunal de juicio, en la audiencia de “sentencia”, llevada a cabo en el Centro de Rehabilitación “Palmasola”, decidió modificar las medidas sustitutivas que venía cumpliendo, disponiendo su detención preventiva, sin considerar los arts. 15, 117 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), 221 y 247 del Código de Procedimiento Penal (CPP); así como la “SC 0850/2011-R”, por lo que considera que con este acto, se le está persiguiendo indebidamente vulnerando sus derechos y garantías constitucionales; debido a que existe procesamiento indebido “en cuanto se refiere a la ilegal detención preventiva”; y que se encuentra privado de libertad, por las constantes violaciones a procedimiento, así como de los principios, derechos y garantías constitucionales de las personas.