SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1010/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Desde antes que se le imponga, la medida cautelar de detención preventiva, dentro el proceso penal “121/06”, era amenazado en la colonia Manitoba, en el proceso y en el desarrollo del juicio oral, siendo agredido incluso por una turba enviada por los mismos; por lo que tuvo que denunciar estos hechos al Tribunal de juicio, el cual llamó la atención a los acusadores, intimándoles a que cesen las amenazas, consecuentemente “AL DÍA SIGUIENTE CESARON LAS MANIFESTACIONES, AMENAZAS Y AGRESIONES” (sic), aspecto que lo llevó a la conclusión de que son los acusadores quienes le amenazaron y ordenaron que le golpeen.
Menciona que, lo preocupante es que el Tribunal de juicio, en la audiencia de “sentencia”, llevada a cabo en el Centro de Rehabilitación “Palmasola”, decidió modificar las medidas sustitutivas que venía cumpliendo, disponiendo su detención preventiva, sin considerar los arts. 15, 117 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), 221 y 247 del Código de Procedimiento Penal (CPP); así como la “SC 0850/2011-R”, por lo que considera que con este acto, se le está persiguiendo indebidamente vulnerando sus derechos y garantías constitucionales; debido a que existe procesamiento indebido “en cuanto se refiere a la ilegal detención preventiva”; y que se encuentra privado de libertad, por las constantes violaciones a procedimiento, así como de los principios, derechos y garantías constitucionales de las personas.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Legitimación pasiva de funcionarios subalternos del Órgano Judicial
- III.3. El accionante, tiene el deber de señalar en la acción suscitada, la relación de los hechos o los antecedentes fácticos que conllevaron a la vulneración de los derechos alegados
- el denunciante está en la obligación de demostrar la continuidad del arresto ilegal o indebido, al momento de la interposición de la presente acción
- III.5.1. Sobre la falta de remisión de detenido
- III.5.2. Falta de legitimación pasiva de los funcionarios subalternos del Órgano Judicial
- EN EL QUE VENGO DÍA TRAS DÍA, SUFRIENDO AMENAZAS DE MUERTE. Por tanto se encuentra INMINENTE EL RIESGO DE PELIGRO DE QUE MI PERSONA PIERDA LA VIDA