Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1040/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
II.8.
II.8. El accionante por memoriales de 1 de abril, 2 y 10 de mayo, todos de 2011 solicitó la devolución del vehículo de referencia (fs. 62; 63 y vta.; y, 65 y vta.); y, por memorial de 21 de mayo de ese año, suscitó incidente de devolución de motorizado ante la Jueza Mixta de Instrucción del Centro Integral del Plan 3000 (fs. 84 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- III.4. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva
- 2º