Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2013-L
Fecha: 29-Ago-2013
II.2.
II.2. Se tiene minuta de transferencia de terreno y reconocimiento de firmas, ambos de 21 de julio de 2000, mediante el cual Lucia Cleidy Gallegos Cuellar, señaló ser propietaria del terreno ubicado en la zona “El Fuerte”, UV 168, manzana 59, lote 20, quien transfirió su derecho propietario a Francisco Rider Cruz Banegas (fs. 63 a 64).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Los hechos controvertidos corresponden en su conocimiento a la justicia ordinaria
- la jurisprudencia constitucional ha dejado claramente establecido que solo es procedente cuando el referido derecho está plenamente consolidado y acreditado,
- III.3.
- CONFIRMAR