Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2013-L
Fecha: 29-Ago-2013
I.2.3. Intervención de la representante del Ministerio Público
Lizzeth Zarco Sánchez, representante del Ministerio Público, en su intervención sostuvo que debe tomarse en cuenta que la accionante cumplía un horario de funciones en instalaciones de la empresa El Diario S.A., asimismo, existe una conminatoria de reincorporación emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo, con lo que se habría agotado la vía administrativa y que en su momento la parte demandada, debió hacer valer sus derechos para que en su caso no se dé cumplimiento a la solicitud de reincorporación, en ese sentido se requiere por la “procedencia” de la acción.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la representante del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- III.2. Derecho al trabajo y a una remuneración justa
- III.3. La potestad de reincorporación conferida a los directores departamentales de trabajo
- Fragmento 15
- III.4. Modulación sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR