SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2013-L
Fecha: 29-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante sostiene la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la remuneración, a la seguridad social y a la salud, por cuanto el 6 de septiembre de 2011, sorpresivamente sin que medie causal alguna y después de diecisiete años de trabajo, el Gerente Administrativo y Financiero de “El Diario”, se presentó a entregarle una carta firmada por el Gerente General de la empresa, mediante la cual le comunicaba dar por concluida la relación “jurídico civil comercial” (sic), ante ello acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, que mediante Conminatoria JDTC-GSML/R-034/2011 de 15 de septiembre, dispuso su reincorporación inmediata al puesto que ocupaba antes de su despido, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales; empero, dicha Resolución fue omitida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la representante del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- III.2. Derecho al trabajo y a una remuneración justa
- III.3. La potestad de reincorporación conferida a los directores departamentales de trabajo
- Fragmento 15
- III.4. Modulación sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR