SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

además del transcurso del tiempo fijado en un máximo de tres años

La SCP 2492/2012 de 3 de diciembre, citando a la SC 1529/2011-R de 11 de octubre, preciso los criterios que deben ser tomados en cuenta a momento de valorar los motivos que dieron lugar al transcurso del plazo máximo previsto para la extinción de la acción penal, de esta manera afirmó: “'Para que el vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, constituya una causal de la extinción de la acción penal, prevista en el art. 27 inc.10) del Código de Procedimiento Penal (CPP), además del transcurso del tiempo fijado en un máximo de tres años según el art. 133 del citado cuerpo legal, es necesario tomar en cuenta las circunstancias que incidieron para que se diera la dilación en su tramitación.