Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
a)
Solicita que se le conceda la tutela, ordenándose: a) El restablecimiento inmediato a su fuente laboral; b) O, alternativamente, que se le haga efectivo el pago de sueldos, aguinaldo, vacaciones y beneficios que le corresponden durante el primer año de su hija, conforme a liquidación; c) El pago de sus derechos sociales consistentes en subsidios de ley; y, d) La calificación de costas y/o responsabilidad civil y penal por daños y perjuicios que le causaron, bajo el principio de lucro cesante y daño emergente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. En cuanto a los funcionarios de libre nombramiento y la inamovilidad laboral del progenitor
- Sin embargo, al considerar esta garantía, se tiene que la inamovilidad no puede ser aplicada en todos los casos, ya que como se desarrolló anteriormente no todas las funciones públicas son iguales y algunas contienen ciertas características concretas.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR