SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala que se han lesionado sus derechos a la vida, a la salud, a la seguridad social, al trabajo, a la estabilidad o inamovilidad laboral, a recibir una remuneración justa y los “valores y principios” de igualdad, respeto, equilibrio, armonía, transparencia, bienestar común, responsabilidad y justicia social; porque el Gobernador a.i. del departamento de Beni, designó a un nuevo funcionario en su lugar; por lo que a través de la nota de 22 de diciembre de 2011 y reiteración de 23 del mismo mes y año, solicitó su reincorporación en virtud a su condición de inamovilidad por ser el progenitor de una niña menor a un año de edad, sin que hasta la fecha de presentación de su acción, haya tenido respuesta a dicha solicitud.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. En cuanto a los funcionarios de libre nombramiento y la inamovilidad laboral del progenitor
- Sin embargo, al considerar esta garantía, se tiene que la inamovilidad no puede ser aplicada en todos los casos, ya que como se desarrolló anteriormente no todas las funciones públicas son iguales y algunas contienen ciertas características concretas.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR