SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de los trabajos y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requiriente de la Resolución expresa por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intención de Resolución será retirado

Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de los trabajos y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requiriente de la Resolución expresa por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intención de Resolución será retirado.

En caso contrario, si al vencimiento del término de los (15) días no existe ninguna respuesta, el proceso de Resolución continuará a cuyo fin la ENTIDAD o el CONTRATISTA, según quien haya requerido la Resolución del Contrato notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la Resolución del Contrato se ha hecho efectiva.