SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2013

Fecha: 02-Ago-2013

II.14.

II.14.  Por memorial presentado ante el Tribunal Constitucional Plurinacional el 13 de mayo de 2013, los accionantes solicitan la revocatoria de la Resolución 07 de 21 de marzo del mismo año, por el cual el Tribunal de garantías denegó la tutela. Señalan los accionantes que no se consideró que los títulos o el supuesto derecho propietario solamente de los demandados sólo pertenecía a la demandada Ana Gloria Villa Mancilla y no a los demás loteadores; que ese supuesto derecho propietario es de los terrenos ubicados en el Kilómetro 9, de la Zona Suroeste de Santa Cruz de la Sierra, barrio El Carmen 16 de Julio, con una superficie de 30 000 m2 y los terrenos de los accionantes se encuentran ubicados en la Zona Sudeste de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, UV 210, manzano C-1 del Kilómetro 9, doble vía La Guardia entre la av. Gualberto Villarroel con una superficie aproximada de 3000 mts2; evidenciándose una “abismal diferencia entre ambos derechos”. También señalan que los títulos de la demandada Ana Gloria Villa Mancilla son completamente falsos, pues el supuesto vendedor murió dos años antes de haber realizado la supuesta transferencia a favor de la demandada (fs. 224 a 225 vta.).