SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2013

Fecha: 02-Ago-2013

III.2.Condiciones y requisitos para la tutela en caso de vías de hecho a través de la acción de amparo constitucional

            Las vías de hecho han sido entendidas por la jurisprudencia constitucional como: “…los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia, afectando así derechos fundamentales reconocidos por el bloque de constitucionalidad…” (SCP 0998/2012 de 5 de septiembre).