SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1299/2013
Fecha: 08-Ago-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 20 de agosto de 2012, en inmediaciones del puente “Tapera”, provincia Campero del departamento de Cochabamba, fueron detenidos por efectivos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN); debido a que, en la requisa del vehículo donde se encontraban, se habrían hallado sustancias controladas, ya que en el mismo lugar se realizaron las pruebas de narco-test, secuestrándose la misma, razón por la cual fueron aprehendidos y trasladados a FELCN de Sucre, donde posteriormente se les imputó el 21 del mismo mes y año, disponiéndose su detención preventiva a cumplirse en el Recinto Penitenciario de “San Roque”.
Al haber sido aprehendidos en el departamento de Cochabamba, el 3 de septiembre de de 2013, plantearon excepción de incompetencia contra el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, con el fundamento que toda persona tiene derecho a ser oída por autoridad judicial competente, independiente e imparcial. En la audiencia que se llevó a cabo después de casi un mes, se denegó el incidente, con el argumento que las sustancias controladas en forma parcial fueron descubiertas en inmediaciones del referido puente y el total en las instalaciones de la FELCN de Chuquisaca. En apelación, por Auto de Vista 33/013 de 1 de febrero de 2013, se declaró inadmisible el recurso, con el argumento de que resultaría “incomprensible” que se pida al mismo tiempo dos formas de resolución, por una parte procedente y por otra, anulando obrados y se vuelva a dictar otro auto que resuelva la excepción planteada, por lo cual consideran que serían inaplicables los arts. 396 inc. 3) y 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y aplicable la parte in fine del art. 399 de la misma norma adjetiva, vulnerándose así sus derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR