SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1395/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1395/2013

Fecha: 16-Ago-2013

1)

Carla Mónica Zamora Alarcón, Directora de SEDEGES de BENI, en el informe que cursa a fs. 47 vta., cuya lectura se realizó en audiencia aseveró lo siguiente: 1) De las pruebas adjuntas en la acción se evidencia que no se ha acreditada la tenencia de hijo, toda vez que en ningún momento se presentó el reconocimiento de hijo, incumpliendo los requisitos establecidos en el DS 012, no pudiendo establecerse si el accionante goza de la protección constitucional establecida en los arts. 48.VI de la CPE; y, 2) Para establecer la inamovilidad laboral el accionante debe solicitar nuevamente su reincorporación por el motivo citado laboral ante SEDEGES de Beni, adjuntando la documentación correspondiente.