SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1418/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1418/2013

Fecha: 16-Ago-2013

b)

b)  En cuanto al art. 81.I del CPCo, sostiene que el art. 133 de la CPE, señala que toda persona individual o colectiva afectada por una norma jurídica contraria a la Norma Suprema tendrá derecho a presentar la acción de inconstitucionalidad concreta de acuerdo con los procedimientos establecidos por ley, por lo que la voluntad del legislador al aprobar el Código Procesal Constitucional, en su art. 81.I, no puede haber pretendido evitar el cuestionamiento de inconstitucionalidad de las normas procesales civiles que rigen la ejecución de sentencia, ya que tal criterio excedería el marco establecido por el art. 133 de la CPE, en sentido de que sólo deja al legislador la facultad de establecer los procedimientos y no el de excluir normas del test de constitucionalidad; En este sentido, la frase “…antes de la ejecutoria de la Sentencia”, vulnera lo establecido por los arts. 115.II, 119.II, 120.I y 133 de la CPE.