SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1419/2013
Fecha: 16-Ago-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de sus abogados, en audiencia ratificó el contenido íntegro de los argumentos de su demanda, ampliando la misma precisó que se dio inicio a la investigación del proceso penal contra Rolando Santiago Uría Chávez, el “23 de septiembre de 2010”, radicándose el mismo en el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Penal, durante el cual fue notificado el “19 de agosto del citado año” para prestar su declaración informativa en calidad de testigo; empero; luego de un año y ocho meses, fue citado como sindicado para declarar el 6 de mayo de 2013, la cual a petición suya fue suspendida para el 8 del mismo mes y año, de la que también solicitó a la Fiscal de Materia demandada su suspensión, por cuanto, al revisar el cuaderno de investigaciones se percató que existía un Auto de conminatoria que ya había sido puesto en conocimiento de la autoridad fiscal, a quien el Juez de la causa, le habría denegado la petición de ampliación de la investigación en su contra hasta que se regularice el procedimiento; empero, ésta no aceptó y libró mandamiento de aprehensión en su contra, ante lo cual el accionante presentó un incidente de actividad procesal defectuosa al Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, quien decretó traslado; en ese sentido, al haber transcurrido dos años y dos meses desde el inicio de las investigaciones y la Fiscal de Materia demandada ha incumplido con lo señalado en las SSCC 1036/2010-R y 0080/2010-R, vulnerando sus derechos constitucionales, solicitan se declare procedente su acción de libertad, restituyéndose su libertad física y de locomoción; asimismo, de conformidad al art. 72 de la LTCP, se disponga la reparación de daños y perjuicios ocasionados por la Fiscal demandada, quien con la emisión del mandamiento de aprehensión provocó una persecución ilegal e indebida en su contra.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.2. Inadmisibilidad de acudir a dos jurisdicciones de forma simultánea
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR