Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1419/2013
Fecha: 16-Ago-2013
II.5.
II.5. Mediante Auto Interlocutorio de 12 de abril de 2013, dentro del proceso penal seguido contra Rolando Santiago Uría Chávez, por la presunta comisión del delito de uso de instrumento falsificado, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, conminó al Fiscal de Distrito, para que en su calidad de autoridad jerárquica superior del Ministerio Público, cumpla y haga cumplir el plazo determinado por ley, presentado ante el referido Juzgado, alguno de los requerimientos conclusivos contenidos en el art. 323 del CPP, otorgándole el plazo de cinco días para que cumpla lo dispuesto por ley (fs. 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.2. Inadmisibilidad de acudir a dos jurisdicciones de forma simultánea
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR