SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1419/2013
Fecha: 16-Ago-2013
II.9.
II.9. El 7 de mayo de 2013, el accionante, mediante memorial de la fecha, solicitó la suspensión de su declaración informativa de 8 de mayo, pues no existía en el cuaderno de investigaciones la ampliación de la querella en su contra, ni pronunciamiento expreso del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal sobre la misma, alegando además, que al pretender tomar su declaración como sindicado se vulneraban sus derechos y principios constitucionales. Ante lo cual, la Fiscal de Materia demandada, mediante decreto emitido el 8 de mayo de 2013, rechazó la petición efectuada por el accionante, por ser una desobediencia al segundo llamado realizado por ésta, disponiendo al amparo del art. 224 del CPP, se emita mandamiento de aprehensión en su contra (fs. 18 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.2. Inadmisibilidad de acudir a dos jurisdicciones de forma simultánea
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR