SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1441/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1441/2013

Fecha: 19-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue contratada el 2009, en la Terminal Bimodal de Santa Cruz de la Sierra para ejercer las labores de limpieza; cargo que ejerció hasta el 14 de febrero de 2012, en que es despedida; por cuanto en su condición de trabajadora de limpieza encontró “…un ticket usado de andén en los basureros” (sic), hecho que fue comentado con sus compañeros de trabajo, el que llegó a ser de conocimiento del Interventor, quien de manera muy hábil hubiera aprovechado esta situación haciéndole convocar a la oficina del Jefe de Recursos Humanos (RR.HH.), autoridad que intimidándola y amedrentándola bajo amenaza de que iría presa por intentar vender los tickets usados, ya que existían trabajadores que podían declarar que la vieron comercializando estos, le propuso como solución al problema que presente su renuncia para así pagarle sus beneficios sociales, motivo por el cual bajo esta presión y las amenazas de éste, tuvo que firmar la carta de renuncia que fue redactada por la misma parte patronal.

Posteriormente, refiere que una vez que meditó y se dio cuenta que fue sorprendida en su buena fé porque sufrió una presión psicológica y enterada que toda firma a presión o que atente contra derechos fundamentales de la persona es nula de pleno derecho, de manera formal solicitó a la administración de la empresa Bimodal dejar sin efecto el memorándum de agradecimiento de servicios pedido que fue rechazado; motivo por el cual realizó denuncia ante la Jefatura Departamental del Trabajo, autoridad que previo el trámite administrativo conminó al Interventor de la Terminal Bimodal de Santa Cruz de la Sierra, a reincorporarle a su fuente de trabajo con la reposición de sus sueldos devengados y demás derechos laborales, la que no es cumplida por el empleador, a pesar de estar notificada legalmente.