SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1463/2013
Fecha: 22-Ago-2013
acción de amparo constitucional
En revisión Resolución 28/13 de 26 de abril de 2013, cursante de fs. 307 a 308 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Yamil Castro Averanga en representación legal de Gilda Liliana Fuentes Camacho, quien a su vez actúa en representación de AAAA y Manuel Darío Gutiérrez Fuentes contra Luis Fernando Aguilar Rocabado, Gerente de Seguros; Antonio Aguilar Canaviri, Jefe Departamento de Prestaciones; John de la Barra Sanjinés, ex Gerente de Seguros; Oscar Rosas Zamora, ex Jefe Departamento de Prestaciones; Mónica Zabala Tejada, Asesora Jurídica; Mirtha Rioja Pariente, Encargada de Unidad de Pagos Globales; Teresa Vargas Laura, Encargada Unidad de Rentas, todos de la Corporación de Seguro Social Militar (COSSMIL); David Achá Vargas, representante de Oficiales del Ejército; Ángel Marcelo Yucra Canaza, representante de Suboficiales y Sargentos del Ejército; Carlos Fernández Toranzo, representante de Oficiales de la Fuerza Aérea Boliviana (FAB); Edgar Morales Mamani, representante de Suboficiales y Sargentos de la FAB; y, Marcos Quiroga Melgar, representante de los Oficiales de la Armada Boliviana (AB).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Del principio de inmediatez
- computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR