Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1488/2013
Fecha: 22-Ago-2013
II.7.
II.7. Por Resolución del Tribunal de Personal del Ejército 048/2012 de 5 de octubre, se rechazó el recurso de reconsideración presentado por el accionante, reiterándole al peticionario que la Resolución “T.P.E. 001/98” se encuentra plenamente ejecutoriado y con calidad de “cosa juzgada” (fs. 213 a 215).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la acción de amparo y el principio de inmediatez
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR