SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1507/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1507/2013

Fecha: 27-Ago-2013

denegó

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 015/2013 de 30 de abril, cursante de fs. 182 a 183, por la que denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Se advierte que los dos primeros contratos no son continuos, al existir una ruptura de diez días en la relación laboral; además que, la adenda no se constituye en un nuevo contrato, ya que sólo amplía el plazo fijado en el segundo; 2) Por otra parte, el Tribunal de garantías no tiene competencia para establecer que dos contratos a plazo fijo más una adenda se deben considerar como un contrato indefinido; toda vez que, “no se opera de forma tácita”, correspondiéndole a la jurisdicción laboral determinar si se puede considerar como un contrato con plazo indefinido o no; 3) La accionante no puede alegar que fue despedida injustamente, estando en situación de lactancia, porque el beneficio de no desvinculación laboral en periodo de lactancia sólo les corresponde a los funcionarios con contrato “indefinido y otros”; y, 4) La accionante conocía la fecha de vencimiento de su contrato de trabajo.