SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1508/2013
Fecha: 27-Ago-2013
III.2.1. Análisis del caso concreto
Sobre el problema jurídico principal, el accionante, denuncia que el Tribunal Primero de Sentencia Penal, postergó la resolución de la apelación incidental que interpuso contra el Auto que rechazó la excepción de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, en la audiencia de juicio oral, para una eventual apelación restringida de la sentencia, sin ninguna motivación y fundamentación.
Al respecto, corresponde señalar que la decisión asumida en audiencia de juicio oral de 9 de abril de 2013, por el Tribunal Primero de Sentencia Penal, postergando la resolución de la apelación interpuesta contra el Auto 24/2013, que a su vez rechazó la excepción de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, para una eventual apelación restringida del fallo (Conclusión II.2) es una decisión judicial correcta, en razón a que sigue la jurisprudencia constitucional vinculante emitida y mantenida en el tiempo, en apego al sistema procesal penal acusatorio oral, que busca precautelar se atente contra el mismo, evitando a que el juicio tenga que suspenderse a través de abrir la posibilidad de que las resoluciones que rechacen excepciones de esta naturaleza en la fase del juicio oral sean apeladas incidentalmente en efecto suspensivo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3 Intervención de los terceros interesados
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 11
- III.1.1. El caso de examen
- Fragmento 13
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el mecanismo de impugnación contra el rechazo de la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso en el juicio oral
- la resolución que resuelve la excepción de extinción planteada en juicio oral, sólo es impugnable mediante reserva de apelación restringida, que habilita cuestionarla ante el superior en grado sobre las supuestas irregularidades en la que hubiera incurrido el juez o tribunal de primera instancia respecto a la excepción planteada.
- Ante el rechazo de la excepción planteada en el juicio oral, el agraviado podrá reservarse el derecho de impugnarla como agravio de apelación restringida
- III.2.1. Análisis del caso concreto
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