SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1515/2013
Fecha: 04-Sep-2013
I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por Decreto Constitucional de 11 de junio de 2013, en aplicación del art. 5.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), se solicitó a la Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, remita a este Tribunal fotocopia legalizada del proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra Ronal Hinojosa Orellana, por la presunta comisión del delito de robo agravado, disponiéndose la suspensión del plazo conforme lo previsto por el art. 7.II del citado código, hasta que la documentación sea enviada. En virtud a la remisión de la documentación, mediante proveído de 21 de agosto del referido año, se admitió la misma y se dispuso la reanudación del cómputo del plazo, a cuyo efecto la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo legal.
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- este mismo entendimiento es aplicable para los recursos de apelación sobre medidas cautelares
- sino también en forma posterior, como ser el dar curso con la debida celeridad procesal al trámite de apelación de la resolución respectiva, en los casos que corresponda”
- i)
- ii)
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- REVOCAR en todo