SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1520/2013
Fecha: 04-Sep-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y al ejercicio de la función pública; por cuanto, las autoridades demandadas, mediante Resolución Municipal 07/2013 de 15 de marzo, lo suspendieron del cargo de Alcalde Municipal, argumentando que no asistió a cumplir sus funciones por más de cinco días continuos, sin haber solicitado licencia, ello en razón de encontrarse detenido preventivamente a causa de la supuesta comisión de delitos de malversación y la emisión de Resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y las leyes; pese a haber solicitado su reincorporación al cargo, esta fue rechazada. En revisión, corresponde dilucidar si los hechos denunciados por el accionante son evidentes y si estos constituyen actos que lesionan los derechos invocados, con el fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- III.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.2.1 La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.2.2 El principio de subsidiariedad
- III.3
- III.4. Sobre el recurso de reconsideración a resoluciones municipales
- reconsideración
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo