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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1532/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1532/2013

    Fecha: 09-Sep-2013

    II.1.7.

    II.1.7. En 9 de noviembre de 2012, cursa otra adenda con un lapso de vigencia del 1 de noviembre al 31 de diciembre del antedicho año. La cláusula cuarta indica que se realiza la adenda en razón a la Resolución Administrativa SNC-R/LIQ/2012 de 18 de octubre, que aprueba la nueva estructura de cargos de esa gestión (fs. 38 a 39).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • concedió en parte
    • II.1.7.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 14
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4. Alcances de la tutela respecto a la inamovilidad de la mujer embarazada en contratos a plazo fijo
    • 1)
    • Fragmento 19
    • “Artículo 1°.- (Objeto)
    • Artículo 2°.- (Naturaleza institucional)
    • Artículo 3°.- (Procesos legales)
    • “Artículo 1°.- (De la restitución al régimen de la Ley General del Trabajo)
    • Artículo 2°.- (De los Funcionarios Públicos)
    • Fragmento 25
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • concedido en parte
    • CONFIRMAR en todo

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