Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1532/2013
Fecha: 09-Sep-2013
II.6.
II.6. Por cites de 30 de enero de 2013, el Director General del Servicio Civil del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social: MT/VMESCyCOOP/DGSC/JRLel/RL-NC 005/2013 (fs. 8 a 11) y MT/VMESCyCOOP/DGSC/JRLel/RL-NC 006/2013 conminó a la autoridad demandada para que en el plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación incorpore a los accionantes al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda (fs. 76 a 79).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió en parte
- II.1.7.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2.
- III.3.
- III.4. Alcances de la tutela respecto a la inamovilidad de la mujer embarazada en contratos a plazo fijo
- 1)
- Fragmento 19
- “Artículo 1°.- (Objeto)
- Artículo 2°.- (Naturaleza institucional)
- Artículo 3°.- (Procesos legales)
- “Artículo 1°.- (De la restitución al régimen de la Ley General del Trabajo)
- Artículo 2°.- (De los Funcionarios Públicos)
- Fragmento 25
- III.6. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- CONFIRMAR en todo