Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1563/2013
Fecha: 16-Sep-2013
II.3.
II.3. En cumplimiento al precedente citado Auto de Vista de 31 de enero de 2013, el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, el 11 de marzo del mismo año, emitió nuevo fallo rechazando la cesación de la detención preventiva impetrada por Néstor Portocarrero Zambrana, quien interpuso apelación incidental contra esa determinación judicial, mereciendo el Auto de Vista de 16 de abril de 2013, dictado por el Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, confirmando la Resolución apelada (fs. 12 a 22 vta. y 5 a 11 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.De la competencia de los jueces y tribunales en acciones de libertad
- III.3. El caso en examen
- ésta o éste podrá presentar la acción, si lo estima pertinente, ante el juzgado o tribunal competente por razón del domicilio”
- III.4.
- 2º Dejar sin efecto