SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1567/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1567/2013

Fecha: 16-Sep-2013

1)

Franz Beimar Morales Martinelly, Encargado Unidad del Adulto Mayor del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya del departamento de Cochabamba, por informe escrito cursante a fs. 85 y vta. y ampliado en audiencia, señala que: 1) Silvia Aurora Camacho Mercado de Caballero y Olga Gandarillas, denunciaron que por el estado anémico en el que se encontraba internaron en la Clínica San Pedro a Irene Ramírez Romero; la valoración médica realizada, reflejaba buen semblante, consultada dijo que quería ser cuidada por la primera nombrada quien la trataba mejor; 2) Se ordenó la valoración social de las condiciones de habitabilidad del domicilio de Silvia Aurora Camacho Mercado de Caballero y previo compromiso para proporcionar alimentación y cuidado respectivo se elaboró un documento de cuidado temporal el 9 de abril de 2013, enmarcado en el objetivo final de la oficina del Adulto Mayor, que es el cuidado de la vida y la salud de las personas adultos mayores; y, 3) Por su parte, Silvia Aurora Camacho Mercado de Caballero señaló que actuó por el cuidado de la salud de Irene Ramírez Romero, con la intención de que reciba un buen trato y se habiliten las condiciones de habitabilidad, según expresa el documento del 20 de mayo de 2013.

A su turno, el abogado de Silvia Aurora Camacho Mercado de Caballero señaló que: Se tiene antecedentes del 29 de agosto de 2011, cuando Irene Ramírez Romero, presentó denuncia contra Beatriz Berdeja Ramírez y Antonio Rodríguez (nieto), por mal trato contra su integridad física y psicológica. Existen varios informes del médico forense al seguimiento, entre ellos del 10, 15, 18 y 20 de abril del mismo año, por lo que determinó que se acondicione la vivienda para el retorno a su hogar previa valoración médica clínica, no está privada de su libertad, más al contrario mejoró desde que se quedó a cuidado de Silvia Aurora Camacho Mercado de Caballero.