SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1608/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1608/2013

Fecha: 19-Sep-2013

denegó

Mediante Resolución de 22 de mayo de 2013, cursante de fs. 26 a 28 vta., la Jueza Primera de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, denegó la acción de libertad,con los siguientes fundamentos: a) Se ha establecido que el accionante se encuentra en libertad, al haber sido beneficiado con medidas sustitutivas a la detención preventiva; b) El Auto de Vista emitido por los Vocales demandados, de ninguna manera amenaza la libertad del accionante, por el contrario, el mismo está encaminado a subsanar la resolución inferior viciada, habiendo tenido el accionante los medios legales que la ley le franquea si consideraba fueron lesionados sus derechos a los que podía acceder en forma oportuna y no transcurridos varios meses después; y, c) No existe orden de ningún mandamiento de detención preventiva personal o de locomoción, por lo que resulta imposible que el accionante se encuentre indebida o ilegalmente detenido, por lo que no existe ninguna libertad que restablecer como lo establece la jurisprudencia constitucional.