AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2014-RCA

Fecha: 10-Ene-2014

Fragmento 6

El desarrollo de la norma constitucional, en el mismo sentido y de manera concordante con el art. 68 del CPCo, establece que: “La Acción Popular tiene por objeto garantizar los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, espacio, seguridad y salubridad pública, medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por la Constitución Política del Estado, cuando ellos por acto u omisión de las autoridades o de personas naturales o jurídicas son violados o amenazados”, sin ser necesario de manera previa agotar la vía judicial   o administrativa que exista al efecto.